FAQ - Preguntas frecuentes
Sos dueño de los derechos de elaboración de vinos exclusivos sobre la parcela adoptada, dentro del viñedo, propiedad de la sociedad.
Es un contrato de opción de compra de acciones, el cual se hace efectivo a partir del 10mo año de participación en el proyecto.
Una vez convertido el contrato en acciones, las acciones son de por vida.
El contrato de cada terreno tiene una duración minima de 20 años. Luego, se podrán convertir en acciones de por vida, heredables y transferibles.
No, no hay costos obligatorios. El año que quiero convertir mis uvas en vino, pago los costos de vinificación con envío incluido.
Sí, tendrás derecho a una compensación del valor residual del contrato según las condiciones de rescisión.
Sí, siempre a través de nosotros como intermediarios, para garantizar el cumplimiento de las normas de KYC en cuantos a lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Se podrá a partir del 5to año, con algunas restricciones y a partir del 10mo sin restricciones.
Sí, se pueden comprar, a €40 la botella. Como socio, tu costo es aproximadamente un 25% de ese valor.
Sí, en cualquier forma, respetando los precios mínimos establecidos en el contrato.
Nosotros gestionamos todos los detalles del envío del vino a tu país de residencia.
Sí, por ejemplo si usted tiene un MOSAICO, donde le corresponden 144 botellas, puede adquirir más a €20 cada botella extra que desee. Lo mismo en el caso de un QUADRO o TERROIR.
Sí, si algún año usted desea no recibir la cantidad de vinos que le corresponden, puede optar por dos opciones.
Puede pedir menos cantidad en múltiplos de 12, acomodando los costos al total pedido.
O puede pedirnos que le enviemos cierta cantidad y el sobrante lo guardamos en nuestra cava en Oria.
Las condiciones de contratación nos habilitan a comprar uva en caso de que la producción en Oria no sea suficiente para producir el vino de los socios.